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CRÓNICA NEGRA

La ley Midas

Convierte en oro todo lo que toca. Es el sobrenombre que le han puesto en los bufetes de abogados. Se lo han colgado a la vigente legislación sobre el honor, la intimidad y la propia imagen, por la que se dictan sentencias millonarias, a veces fuera de la realidad.

Convierte en oro todo lo que toca. Es el sobrenombre que le han puesto en los bufetes de abogados. Se lo han colgado a la vigente legislación sobre el honor, la intimidad y la propia imagen, por la que se dictan sentencias millonarias, a veces fuera de la realidad.
En el sistema judicial español, y en especial en este apartado, nos topamos a menudo con indemnizaciones que no utilizan otro baremo que la estimación subjetiva. Se producen sobre todo en primera instancia, pero aunque se corrijan en los tribunales superiores su efecto es demoledor sobre la moral y la actividad de los afectados. Por ejemplo, en el caso de los periodistas, a veces en objeto injusto de aplicación de la norma. En ellos se provoca además la autocensura: ¿Qué podemos publicar, si en ocasiones ni siquiera se acepta la jurisprudencia constitucional? La posibilidad de obtener una enorme gratificación por el apartado "daños morales", que no se atiene a ningún baremo objetivo, se ha extendido, provocando el apetito desmesurado.
 
Tenemos un caso reciente que demuestra hasta qué punto existe desproporción, y distintas varas de medir.
 
Recordarán ustedes que Dolores Vázquez fue imputada por el asesinato de Rocío Wanninkhof, sucedido en 1999. Resultó procesada, encarcelada y condenada por un jurado. Cuando se la estimó culpable recibió una pena de 15 años de prisión y se le impuso una indemnización de 18 millones de las antiguas pesetas. Pues bien, en un farragoso e incomprensible proceso, que todavía sigue abierto, pasó de ser condenada a estar en libertad provisional, bajo fianza de 30.000 euros; finalmente, su caso quedó sobreseído, aunque de forma provisional, lo que significa que durante los próximos años podría ser encausada de nuevo. En la práctica, y una vez aceptado que lo que la imputaba queda desactivado, puesto que se retiró la acusación, siguen como el primer día los mismos indicios que la imputaron.
 
A lo que hay que añadir un nuevo sospechoso, señalado por una colilla, dato que, en un crimen complejo como éste, sólo indica que pudo ser cometido por varios, pero no tiene fuerza para exculpar por sí solo. En todo caso, la otrora condenada aparece como sujeto de una injusticia que, de confirmarse, le permitiría una reclamación patrimonial al Estado. Según tiene previsto la ley, esto se concede cuando el sobreseimiento ha sido libre, pero los abogados de Vázquez no han esperado, y presentan ya una reclamación de cuatro millones de euros, más de 600 millones de pesetas.
 
Lo que aquí se reclama son "daños morales", y otros que puede haber sufrido, con una valoración que no guarda equilibrio alguno con lo que en su día el tribunal exigía como reparación de un asesinato, puesto que cuando se la estimó culpable "sólo" le pidieron 18 millones. ¿Por qué un daño tan grave como la supresión de la vida se "tasa tan bajo" y sin embargo los "daños morales" se cifran en cientos de millones? ¿Qué es lo que pasa en nuestro país? ¿Por qué los procesos judiciales se han convertido en una oportunidad de obtener grandes sumas sin apenas inversión? Simplemente, puede haber una perversión de la justicia. Sucedía con los accidentes de tráfico, cuando en prácticamente cada región, y en cada tribunal, tenían precio distinto.
 
En la actualidad, los supuestos daños morales siempre se valoran al alza, sin tener en cuenta las circunstancias de cada caso; por ejemplo, contra periodistas "en régimen de autónomo", con ingresos bajos, que trabajan con poderosas empresas de gran tamaño, condenando el juez por la totalidad, de forma solidaria, lo que indica que podría acabar pagando el más débil, y no en atención a las condiciones y supuesto beneficio de cada cual. Todo esto resulta impreciso e injusto. Es decir, se consuma el error con reiterada ausencia de equidad.
 
Personalmente estoy a favor de que se defiendan todos los derechos, se remuneren todos los daños, pero siempre que las satisfacciones se hagan a partir de una valoración justa. En ocasiones se juzgan casos sin tener en cuenta que hechos similares han sido parte de jurisprudencia del Supremo o del Constitucional, que ha otorgado la protección del artículo 20, que protege la libertad de información, lo que llevaría a desestimar largos y caros procedimientos. ¿Por qué no se tiene en cuenta el gasto y el sufrimiento que acarrea? ¿Y la llamada "pena de banquillo"?
 
Padecemos una justicia desigual, imprecisa. Quizá por esto es percibida como mala e ineficaz por los ciudadanos, y me remito a los datos de las encuestas del CIS. Si se demuestra el perjuicio a Dolores Vázquez, una vez que salga de esta situación a la que la han sometido –tan parecida en otras latitudes a la de sospechosa contra la que no se encuentran pruebas concluyentes–, y se reconoce en cuatro millones de euros, el producido a otra víctima objetiva, que en este caso sería Alicia Hornos, madre de Rocío Wanninkhof, a la que le han matado la hija, la han envejecido, deteriorado física y mentalmente; a la que han obligado a asistir a un proceso kafkiano, sin final ni satisfacción, y a la que han arruinado, viéndose obligada ahora al pago de un crédito por los gastos, debe ser al menos del doble: ocho millones de euros. Y si no, es que esto no funciona ni siquiera mal.
 
La vida humana debe siempre valer más que los "daños morales", y además es doctrina jurídica, cada vez más aceptada, que todo lo que se reclama debe acreditarse de forma suficiente. Aquella persona que exige una reparación debe ser escuchada, pero no vale indemnizar a unos sí y a otros no; y, mucho menos, enriquecer a unos creando nuevas víctimas.
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