![]() | Algunas personas que se definen a sí mismas como católicas tradicionales (...) argumentan que la tradición católica exige un Estado mucho más activo y enérgico que el mínimo del liberalismo clásico. Incluso a veces se insinúa (...) que los católicos que insisten en la estricta limitación del Estado, o incluso en la eliminación del poder del Estado, han sido atrapados por una estratagema moderna (...) Pero si alguien se ha visto seducido por las ideas modernas son precisamente esos críticos.
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Existían las libertades de la Iglesia, basadas en una ley superior a la del rey; existía la ley de la naturaleza, grabada en los corazones de los hombres y que no podía ser borrada por mandato real; y existía la prescripción de costumbres locales y feudales inmemoriales que definían una variedad de jurisdicciones y obstaculizaban la actividad de una sola voluntad. No había soberanía capaz de erradicar la servidumbre por medio de un edicto real o de una ley del parlamento, de regular licencias municipales, de reducir a la uniformidad las diversas actividades de la Iglesia o de promulgar un principio de sucesión al trono. Las leyes que regían las vidas de los hombres eran las costumbres de su comercio, de su localidad, o del Estado, y no la ley positiva de un legislador; y toda la legislación parlamentaria inglesa de la Edad Media es más escasa que la del reinado de Enrique VIII.
Asimismo, el sociólogo Robert Nisbet describía la sociedad medieval como "una de las sociedades más flexiblemente organizadas de la historia". Los líderes políticos que deseaban la centralización se dieron de bruces con las libertades históricas de las ciudades, los gremios, las universidades, la Iglesia y cuerpos colectivos semejantes. Todos protegían celosamente libertades obtenidas con mucho esfuerzo, y se habrían quedado desconcertados ante la idea moderna de que una sola voz soberana, bien fuera de un rey o de "la gente", pudiera haber redefinido o revocado esos derechos por su propia autoridad. Por tanto, el proceso de centralización monárquica, escribe Bertrand de Jouvenel, "presupuso la completa subversión del orden social existente". En una sociedad como aquélla, en la que abundaban las jurisdicciones legales y no existía una única voz soberana, el rey no hacía la ley, sino que estaba limitado por ella. La ley era algo a descubrir, no a ser hecho, como sucede con los monarcas absolutos y los parlamentos de la era moderna. A eso era a lo que se refería el abogado colonial James Otis cuando dijo en 1763, estando ese punto de vista en las últimas, que al parlamento sólo le correspondía jus dicere (decir o declarar lo que era la ley) más que jus dare (dar la ley, como algo inventado); en última instancia, jus dare sólo correspondía a Dios.Los caseros ya no se sorprenden al verse obligados a tener un inquilino; los patronos se han acostumbrado a tener que subir los sueldos de sus empleados en virtud de los decretos del Poder. Hoy en día se da por sentado que nuestros derechos subjetivos son precarios y que dependen de la buena voluntad de la autoridad. Pero ese orden de cosas aún era nuevo y sorprendente para los hombres del siglo XVII, que fueron testigos de los primeros pasos decisivos de un concepto revolucionario del Poder; vieron cómo se asentaba con éxito el derecho de soberanía como algo que rompía otros derechos y que pronto sería visto como el fundamento de todos los derechos.
En el modelo de la sociedad civil, casi todas las cosas buenas e importantes se dan por debajo del nivel universal del Estado: la familia, las artes, el aprendizaje y la ciencia; los negocios y el progreso tecnológico. Son el trabajo de individuos y grupos, y la implicación del Estado es remota. Es el imperio de la ley el que elimina la insaciable agresión y corrupción del Estado y el que da libertad a la sociedad civil por debajo del nivel del Estado. Pero en el mundo medieval los hombres y las mujeres labraban sus destinos con apenas implicación del Estado.
Volviendo a argumentos más estrictamente económicos, la afirmación de ese crítico nos hace recordar el punto de vista de Reisman (...): "Lo que hizo posible la subida real de los sueldos y el nivel de vida a lo largo de los siglos XIX y XX fue precisamente el hecho de que, por primera vez en la historia, los partidarios de la redistribución de la riqueza fueron rechazados el tiempo suficiente y lo suficientemente lejos como para permitir una acumulación de capital a gran escala y las innovaciones necesarias". En segundo lugar, hablar de la "distribución equitativa" de la "riqueza de una nación" sólo invita a la confusión. La economía de mercado consiste en intercambios voluntarios de propiedad. No hay ningún mecanismo de "distribución". Si los intercambios individuales que genera la economía de mercado son justos (y sería muy difícil argumentar que no lo son) no hay forma lógica de juzgar los resultados materiales de esos intercambios como "injustos". Yendo más al grano, si no hay distribución en una economía de mercado, no puede haber algo como una "distribución justa" o una "distribución injusta".